En la actividad económica de una farmacia, existen gastos deducibles que a menudo son cuestionados, generando dudas entre los farmacéuticos. En este artículo, exploraremos dos tipos de gastos que suelen generar controversia en términos de su deducibilidad: los gastos relacionados con el uso del vehículo y los gastos asociados a cursos de formación y másteres.
Gastos deducibles cuestionados en una farmacia:
– Gastos derivados de la utilización del vehículo:
Uno de los aspectos que suele generar mayor discusión es la deducibilidad de los gastos relacionados con el uso del vehículo en la actividad farmacéutica. La Administración Tributaria tiende a ser estricta en este sentido, permitiendo la deducción únicamente cuando el vehículo se destine exclusivamente a la actividad. Esto implica que no se permite la afectación parcial de un elemento patrimonial indivisible.
Existen excepciones en casos donde el uso del vehículo para fines privados sea accesorio y notoriamente irrelevante. Sin embargo, estas excepciones no aplican a automóviles de turismo y sus remolques, ciclomotores, motocicletas, embarcaciones y aeronaves, excepto en situaciones específicas como vehículos mixtos destinados al transporte de mercancías, servicios de transporte de viajeros o enseñanza de conductores, desplazamientos profesionales de representantes comerciales y cesiones de uso con habitualidad y onerosidad.
Es importante tener en cuenta que los Tribunales Superiores de Justicia pueden tener criterios menos restrictivos que la Administración Tributaria, lo que podría resultar en la aceptación de la deducibilidad de un gasto que inicialmente fue rechazado por la Administración.
– Cursos de formación, másteres, etc.:
Otro aspecto que genera incertidumbre son los gastos relacionados con la asistencia a cursos de formación, másteres, y otros eventos similares. Para que estos gastos sean deducibles, deben ser exigidos por el ejercicio de la actividad y estar directamente relacionados con la obtención de ingresos.
En resumen, al determinar la deducibilidad de un gasto en la actividad económica de una farmacia, es importante aplicar el sentido común y evaluar si es necesario para obtener ingresos. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la Administración suele mantener una postura restrictiva en relación con ciertos gastos. En cualquier caso, corresponde al contribuyente probar la deducibilidad de dichos gastos utilizando los medios disponibles.
Conclusión:
Los gastos deducibles en la actividad económica de una farmacia, como los relacionados con el uso del vehículo y los cursos de formación, pueden generar controversia y ser objeto de cuestionamiento. Es esencial comprender los requisitos y criterios aplicables para poder determinar la deducibilidad de estos gastos. Al contar con esta información, los farmacéuticos podrán tomar decisiones informadas y asegurarse de cumplir con las normativas fiscales correspondientes.
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